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Pasos para contratar mano de obra extranjera en su país de origen

Fuente 

Desde aquí puedes descargarte el último acuerdo de contingente y el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura del segundo trimestre de 2007:
Último acuerdo de contingente
Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura

Las tasas de expedición de trabajo (entre 182,74 y 380 euros dependiendo del salario) corren a cargo del empresario, las de residencia (unos 6 euros) a cargo del trabajador.
Para trabajo temporales, el empresario asume a veces el coste de viaje de ida y el alojamiento y el inmigrante el coste de vuelta. “Pero no hay nada estipulado y dependerá del acuerdo al que lleguen ambos”, aclara Garricano.
Un dato más: actualmente los inmigrantes representan casi el 14% del total de ocupados en España y se prevé que en 2015 este porcentaje ascenderá hasta el 36%.

Te contamos cómo  es el proceso y los trámites necesarios que tienen que realizar las empresas interesadas en cubrir con extranjeros  empleos para los que no hay suficientes españoles.

"Se necesita camarero". Este tipo de anuncios puede estar en peligro de extinción pues para cubrir ese empleo y otros considerados de difícil cobertura, como mozos, dependientes, albañiles, camioneros... los empresarios han empezado a recurrir a otra opción: traer a inmigrantes desde sus países de origen con un contrato en el bolsillo. De esta forma llegaron a España más de 150.000 extranjeros durante el año 2006. “Las empresas tienen diferentes vías para contratar extranjeros y tomarán una u otras en función del tamaño de sus plantillas”, señala Ana Garricano, abogada especializada en inmigración de Sagardoy Abogados.

El Catálogo de Empleos de Difícil Ocupación y el contingente que cada año fija el Gobierno son las principales vías a las que recurren las empresas para traer trabajadores a España, aunque para agilizar los trámites burocráticos están empezando a utilizarse nuevos métodos.

Todas las posibilidades
A continuación te detallamos paso a paso el proceso que transcurre desde que un empresario toma la decisión de contratar a un inmigrante hasta que éste comienza a trabajar. Los plazos estimados para realizar todos estos trámites pueden variar de dos a diez meses.

Paso 1. Catálogo de Empleos de Difícil Ocupación. La primera opción a la que recurren las pymes para realizar la contratación en origen es la consulta del Catálogo de Empleos de Difícil Ocupación. Un listado que el gobierno actualiza cada tres meses y que señala por provincias qué empleos no se cubren en España. Puedes consultarlo en nuestra web (www.emprendedores.es) o en la del Inem (www.inem.es). Encofradores, operadores de grúa, chapistas, lavacoches, pizzeros...  hay un sinfín de puestos de trabajo. “Si el empresario encuentra incluida su vacante en el Catálogo tiene luz verde para presentar la solicitud de contratación en las oficinas correspondientes”, señalan fuentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Pero existen excepciones. “La situación nacional de empleo no se tiene en cuenta, en algunos casos. Como por ejemplo, para los nacionales de Chile y de Perú, los extranjeros que se encuentren dentro de las preferencias que marca la Ley de Extranjería (por ejemplo, que tengan vínculos von extranjeros residentes en España o con españoles) y los inmigrantes que vienen a ocupar altos cargos o a trabajar como personal de confianza de éstos”, aclara Garricano.

Paso 2: Recomendaciones y Embajadas. Según la Administración, “los pequeños y medianos empresarios conocen la existencia de trabajadores extranjeros interesados en el puesto, por las sugerencias de otros trabajadores inmigrantes ya contratados o por las recomendaciones de otros empresarios del sector (las escuelas de hostelería de Marruecos están muy valoradas en el sector de la restauración, por ejemplo)”. Otra opción para buscar trabajadores extranjeros es ponerse en contacto con las embajadas de los países. “El empresario recurre a un país u otro en función del sector: la hostelería recurre a países del norte de África y Latinoamérica, para las campañas de recogida de fresa se ponen en contacto con países de Europa del Este”, sostienen las mismas fuentes.

Paso 3: Solicitud de Trabajo. Una vez se conocen los datos del empleado, para obtener la oportuna autorización de trabajo, hay que presentar la solicitud de trabajo en las Oficinas de extranjería de cada comunidad o, en el caso de Madrid, en las dependencias del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. La letrada de Sagardoy Abogados enumera la documentación que hay que presentar: modelo oficial de solicitud, oferta de trabajo, documentación del empresario (escrituras de constitución de la empresa, DNI del representante legal de la empresa, CIF, inscripción de la empresa en la Seguridad Social y documentos que acrediten que carece de deudas con la Seguridad Social y con la Hacienda Tributaria) y fotocopia del pasaporte del futuro empleado.

Paso 4: Permiso concedido. ¿Qué  se va a tener en cuenta a la hora de resolver este permiso? Ana Garricano responde: “Si la situación de la empresa es correcta al igual que la del trabajador, que no debe encontrarse en situación ilegal y carecer de antecendentes penales, se notifica la resolución y se concede la autorización.

Paso 5: Autorización. Cuando al empresario se le concede el permiso, debe enviar al trabajador la autorización, con la que solicitará el correspondiente visado y permiso de residencia en el consulado de España de su país de origen, coinciden en señalar administración y abogados.

Paso 6: Ultimos trámites. “Con el visado en vigor, el extranjero podrá viajar a España e iniciar su actividad laboral, previa alta en la Seguridad Socia”, afirma Garricano. En el plazo de un mes desde su entrada en España debe solicitar la tarjeta de identidad de extranjero en su país de origen.

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